Convalidaciones Formación Profesional
Se convalidan los módulos profesionales de los ciclos formativos que están regulados en los Reales Decretos por los que se establecen los títulos de Formación Profesional.
Requisitos para convalidaciones en la Formación Profesional
- Estar matriculado en la enseñanza que se quiere convalidar.
- Que el nivel de la formación superada corresponda a una titulación de validez académica. Asimismo, debe incluir los contenidos mínimos de los módulos profesionales susceptibles de convalidación de los ciclos formativos.
Procedimientos para convalidaciones en la Formación Profesional
La solicitud se efectúa a través del Director del centro donde se esté matriculado mediante un formulario debidamente cumplimentado indicando datos personales, dirección y teléfono. Además es necesario adjuntar:
- Documento justificante de los estudios cursados (original o fotocopia compulsada de certificación académica oficial o, en su defecto, título o libro de calificaciones).
- DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (fotocopia); la fotocopia de DNI se aportará en el caso de que no se preste el consentimiento contenido en el anexo I para la verificación de los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos (R.D. 522/2006, de 28 de abril).
En el caso de aportar estudios universitarios, se debe incluir los programas oficiales cursados (original o fotocopia compulsada) de las asignaturas superadas, indicando los contenidos teóricos y prácticos superados.
Convalidaciones entre módulos profesionales de distintos Ciclos Formativos
Las recogidas en la Orden de 20 de diciembre de 2001 (B.O.E. de 9 de enero de 2002) y las reconocidas por la dirección del centro donde se está matriculado
Convalidaciones de otras formaciones con módulos profesionales de Ciclos Formativos
Las convalidaciones no contempladas en los anexos de la norma anterior se solicitan también a través del Director del Instituto en el que se está matriculado y, serán remitidas por el Director del Centro docente a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa. En esta caso será necesario adjuntar certificado del Instituto de Enseñanza Secundaria que acredite que se está matriculado en las enseñanzas que se pretenden convalidar (original o fotocopia compulsada).
Normativa legal que se aplica
- Real Decreto 777/1998 de 30 de abril, por el que se determinan aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito educativo (B.O.E. de 8 de mayo de 1998).
- Orden de 20 de diciembre de 2001, por el que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre de Ordenación General del Sistema Educativo